¿Por qué la relación homosexual estable no es equiparable al matrimonio?
Porque nunca serán marido y mujer.
El matrimonio no es una unión cualquiera entre personas humanas, sino que fundado por el Creador ha sido dotado de una naturaleza propia, propiedades esenciales y finalidades concretas y estables (GS 48). Desde este punto de vista, no existe fundamento alguno para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia.
El matrimonio es santo, mientras que las uniones homosexuales no proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual, por ello, la inclinación homosexual es «objetivamente desordenada» y las prácticas homosexuales «son pecados gravemente contrarios a la castidad».
Ante el reconocimiento legal de las uniones homosexuales, o la equiparación legal de éstas al matrimonio, es necesario oponerse de modo claro e incisivo. Abstenerse de cualquier tipo de cooperación formal a la promulgación o aplicación de leyes tan gravemente injustas, y así mismo, en cuanto sea posible de la cooperación material en el plano aplicativo, acudiendo cuando sea necesario a la objeción de conciencia.
Los motivos de tal posición son de distinto orden:
- De orden biológico y antropológico. En las uniones homosexuales está completamente ausente la dimensión conyugal, que representa la forma humana y ordenada de las relaciones sexuales. Como demuestra la experiencia, la ausencia de la bipolaridad sexual crea obstáculos al desarrollo normal de los niños, y por ello la integración de niños en las uniones homosexuales a través de la adopción significa someterlos de hecho a carencias de distintos órdenes.
- De orden social. La sociedad debe su supervivencia a la familia fundada sobre el matrimonio. La consecuencia inevitable del reconocimiento legal de las uniones homosexuales es la redefinición del matrimonio. Si desde el punto de vista legal, el casamiento entre dos personas de sexo diferente fuese solo considerado como uno de los matrimonios posibles, el concepto de matrimonio sufriría un cambio radical, con grave detrimento del bien común.
- De orden jurídico. Dado que las parejas matrimoniales cumplen un papel de eminente valor público, el derecho civil les confiere un reconocimiento institucional. Es falso el argumento según el cual la legalización de las uniones homosexuales sería necesaria para evitar que, por el simple hecho de su homosexualidad, pierdan el efectivo reconocimiento de los derechos comunes que tienen en cuanto personas y ciudadanos. En realidad, como todos los ciudadanos, también ellos, gracias a su autonomía privada, pueden siempre recurrir al derecho común para obtener la tutela de situaciones jurídicas de interés recíproco. Por el contrario, constituye una grave injusticia sacrificar el bien común y el derecho de familia con el fin de obtener bienes que pueden y deben ser garantizados por vías que no dañen a la generalidad del cuerpo social.
Autor: Juan Andrés Talens, profesor de la asignatura “Ética de la sexualidad”.
(Artículo extraido del libro “La Familia. 150 preguntas y respuestas”)
