Escolarización de los niños gitanos

Por: Marina Paños, Vicente Esteve y Ana Belén Simón. Alumnos de Pedagogía.

En este post nos vamos a centrar en los inicios de la escolarización de estos niños, en lo que se refiere a la legislación educativa.

El pueblo gitano se ha caracterizado, durante siglos, con el nomadismo y la itinerancia, aunque no queda claro si esto se debe a su mera voluntad o preferencias o por las múltiples persecuciones y el enorme rechazo al que se vieron sometidos y por una represión que les obligaba a vivir “fuera de la sociedad”, muchas veces en la clandestinidad, casi como si no existieran. A pesar de todo, paulatinamente, fueron asentándose en ciudades y pueblos.

En los años 60, siendo la escolarización de carácter obligatorio, comienza a hacerse patente que la mitad de estos niños que estaban en edad escolar no iban nunca al colegio. Ante la falta de preocupación por parte de las autoridades de hacer cumplir esta obligatoriedad, algunos religiosos buscaron los medios para poder matricular a estos niños. Pero se encontraron con el rechazo de las escuelas y con una preocupante diferencia socio-cultural entre unos niños y otros haciendo fracasar este intento de inclusión educativa.

Como respuesta a este problema aparecen las Escuelas Puente mediante un convenio por parte del Ministerio de Educación y el Apostolado Gitano en 1978; formalizándose un acuerdo para crear una red de colegios concebidos especialmente para niños gitanos, ubicados en los lugares donde vivían y adaptados a sus circunstancias (Art. 51 Ley General de Educación).

El objetivo de la escolarización de estas escuelas era que los niños adquiriesen un nivel adecuado para que pudieran incorporarse a las escuelas ordinarias en igualdad de condiciones que los demás. Las Escuelas Puente contribuyeron, en gran medida, a la escolarización de los niños gitanos, a pesar de comentarios en los que se hablaba de ellas como segregacionistas.

Estas escuelas favorecieron la igualdad de oportunidades para estos niños y ayudaron a erradicar el trabajo infantil presente en aquel momento en este colectivo (OIT, 2011. “La escuela puente, una forma de erradicar el trabajo infantil”).

Las Escuelas Puente, desaparecen en 1986 por la Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE 1983), concibiendo y caracterizando el sistema educativo de un sentido integrador que convierte todos los centros de enseñanza en Escuelas Ordinarias para todos, sin limitaciones por razones sociales, económicas o de residencia.

Esta escolarización de los niños gitanos en las Escuelas Ordinarias favorece que se comience a trabajar no solo en el aprendizaje, sino en el entorno social; para ello se ponen en marcha medidas que puedan garantizar las pautas para la asistencia a la escuela. Se promueven las acciones de carácter compensatorio para los grupos más desfavorecidos, estableciéndolos en una situación preferente. Y es así como nacen los programas de Educación Compensatoria, los cuales facilitan el acceso y la integración de estos niños en las Escuelas Ordinarias, limando las diferencias culturales y el déficit educativo presente en los alumnos gitanos con respecto al conjunto del aula. Es una mejora para completar los planes de estudio, combatir el absentismo y atender las necesidades de las familias.

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