Psicopatología y evaluación de la competencia parental
Psicopatología y evaluación de la competencia parental, por Miguel Díez Jorro y Laura Asensi Pérez.
En la literatura científica se describe la Salud Mental como una capacidad de las personas para establecer relaciones sanas con los demás, participar de forma activa y constructiva en las modificaciones de nuestro entorno y desarrollar la personalidad controlando esas pulsiones más instintivas de tal manera que se adecuen a la norma social. La OMS (1977) define el concepto de Salud “como un estado completo de bienestar biológico, psicológico y social y no sólo la ausencia de enfermedad”. Por lo tanto, el concepto de salud y por ende de salud mental conlleva un desarrollo adecuado de la persona dentro de su entorno, considerando aspectos tan importantes como la edad, la cultura, las condiciones de vida, y sus relaciones sociales.
Actualmente en España más del 9 % de la población convive con algún tipo de enfermedad mental y éstas suponen más de un 40% de las enfermedades crónicas diagnosticadas, siendo además la mayor causa de discapacidad (Puente, H. 2015). Es lógico por tanto que dentro del ámbito de la Psicología forense y más en particular en las Periciales Psicológicas en Derecho de Familia, la evaluación de la psicopatología en los progenitores cobra una importancia fundamental.
En el pasado, esta consideración (la importancia de la psicopatología dentro de la evaluación de guarda y custodia) ha llevado a un excesivo “aspecto patologizador” de los sujetos evaluados, teniendo esta circunstancia un peso extraordinario dentro de la evaluación de la competencia parental y sobre todo ha llevado quizás, a un abuso en la utilización de las técnicas diagnósticas puramente clínicas que no siempre en el ámbito forense son apropiadas al minimizarse su validez. En este sentido la APA (1994) señala que la psicopatología puede ser relevante en una valoración de custodia infantil en tanto que tenga impacto sobre el niño o la capacidad o competencia del progenitor, pero no es el foco de atención principal”.
Por ello, la evaluación de las custodias debe ir dirigida a descartar la existencia de psicopatología grave o, en su caso, considerar su incidencia en la competencia para ostentar la custodia en tanto que está demostrada su frecuente relación con comportamientos parentales negligentes y/o abusivos. En este sentido, debemos distinguir aquellos trastornos que son reactivos a la crisis de separación o conflicto, de aquellos que no lo son, y dentro de ellos, es necesario diferenciar la intensidad de la sintomatología, su gravedad y el pronóstico de la misma.
No es objeto de este artículo diseccionar todos y cada uno de los trastornos psicológicos graves que pueden tener incidencia en las aptitudes y competencia parental, sino más bien mencionarlos para tenerlos en consideración si al hacer una evaluación pericial podemos sospechar de su existencia.
Psicopatología que puede condicionar la competencia parental:
Dentro de los trastornos afectivos, la depresión y el trastorno bipolar pueden incidir negativamente en la competencia parental. Debemos tener en consideración que aquellos que padecen un trastorno bipolar van a presentar una peor condición de salud mental que los que padecen una depresión, no obstante tanto en la depresión como en el trastorno bipolar se pueden desarrollar delirios de persecución, grandeza y otra sintomatología grave y por lo tanto empeorar la gravedad y el pronóstico del trastorno.
Uno de los trastornos psicóticos más habitual en las peritaciones forenses es la esquizofrenia. Se considera que su etiología es el resultado de una alteración en funcionamiento y estructura del cerebro debido a la confluencia de factores genéticos y ambientales. Hay que tener en cuenta que las personas con esquizofrenia no presentan un riesgo de violencia superior a la población general, no obstante si no se medican, no tienen adherencia al tratamiento o presentan altos consumos de sustancias tóxicas, hablamos de una patología incapacitante. Los tratamientos actuales son bastante eficaces y mejor tolerados, consiguiéndose una mejor calidad de vida. Este tipo de patología también puede condicionar negativamente la competencia parental del progenitor.
Muy en consideración hay que tener los trastornos por consumo de alcohol y otras sustancias tóxicas. En psicología forense estos trastornos no se pueden demostrar a menos que haya evidencia objetiva del consumo, no obstante, si lo hubiera son una causa de exclusión muy evidente de la custodia e incluso de los regímenes de visitas que deberán ser entonces tutelados. Hay que diferenciar entre el trastorno por abuso del trastorno por dependencia ya que sus características son diferentes y por lo tanto su consideración forense.
Otro grupo de patologías que debemos tener en consideración son los trastornos del control de los impulsos; trastorno explosivo intermitente, juego patológico, cleptomanía, piromanía y diferentes parafilias sobre todo por las conductas negligentes y antisociales que pudieran conllevar.
Por último, trastorno de Personalidad es ese patrón permanente e inflexible de experiencias internas y comportamiento que se aparta acusadamente de las expectativas culturales. Los trastornos de personalidad, por sus características especiales, son de difícil diagnóstico y su presencia no siempre debe de ser congruente con la exclusión de la custodia. Se debe tener en cuenta el tipo de trastorno, su intensidad manifiesta y sobre todo si tiene algún efecto en la competencia parental del progenitor. Los trastornos de personalidad que pueden incidir de una manera más notable en la competencia parental por su gravedad son: Paranoide, Esquizotípico, Límite y Antisocial.
Todas las patologías comentadas con anterioridad pueden o no tener un impacto directo sobre la competencia parental, no obstante, si la tuvieran su incidencia va a ser principalmente por la alteración de la capacidad cognitiva y volitiva, conductas negligentes, peligrosas, antisociales y delictivas, modelado deficiente, abuso y estilo educativos inapropiados.
Autores del artículo «Psicopatología y evaluación de la competencia parental».
Dª Laura Fátima Asensi Pérez, Psicóloga Forense y especialista en Psicología Clínica, col. en el COPCV con el nº CV-2988. Profesora de la Universidad de Alicante, con docencia en el Grado de Criminología y DECRIM (Doble Grado Criminología-Derecho). Máster Internacional en Psicología Forense; Experto Profesional en Prevención, Valoración y Tratamiento del Maltrato Infantil. Diplomado Especialista Profesional Universitario (DEPU) en Violencia de Género por la Universidad de Valencia. Acreditada con el Certificado EuroPsy por la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (EFPA). Miembro de la División de Psicología Jurídica del Consejo General de la Psicología (PsiJur). Adscrita en el Listado Oficial de Psicólogos Forenses (LOPF) del Colegio Oficial de Psicólogos de la Comunidad Valenciana. Co-directora de Psicojurix – Psicólogos Jurídicos y Forenses.
Miguel Díez Jorro, Psicólogo Forense colegiado en el COPCV con el nº CV-2326. Profesor de la Universidad de Alicante con docencia en el Grado de Criminología y DECRIM. Máster en Psicología Clínica y de la Salud por el ISEP de Barcelona. Diplomado Especialista Profesional Universitario (DEPU) en Violencia de Género por la Universidad de Valencia. Acreditado con el Certificado EuroPsy por la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (EFPA). Miembro de la División de Psicología Jurídica del Consejo General de la Psicología (PsiJur). Psicólogo colaborador con la Ilma. Audiencia Provincial de Alicante. Miembro de la Red de psicólogos para la atención a víctimas de terrorismo. Ministerio del Interior. Adscrito en el Listado Oficial de Psicólogos Forenses (LOPF) del Colegio Oficial de Psicólogos de la Comunidad Valenciana. Co-director de Psicojurix- Psicólogos Jurídicos y Forenses.
Máster Universitario en Psicología Jurídica
Postgrados Facultad de Psicología, Logopedia y Terapia Ocupacional de la UCV
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