Aborto y educación inclusiva, por Pedro Senabre
Aborto y educación inclusiva, por Pedro Senabre Perales.
Desde hace varias décadas se viene luchando por la plena integración de personas con discapacidad facilitándoles los recursos necesarios dentro de las limitaciones propias que puedan presentar. Desde entonces, son muchos los países que han avanzado en materia educativa para la plena inclusión de este colectivo.
Destacamos la propuesta de integración educativa consagrada en el Informe Warnock en el año 78 del pasado siglo. Dicho informe destaca entre otros aspectos la universalidad de los fines de la educación y el uso del modelo inclusivo y no del déficit en la consideración de alumnos con necesidades educativas especiales.
Pero queremos señalar una de las prioridades que se lleva a cabo en esta reforma, que es “la importancia de iniciar la educación inmediatamente al diagnóstico de la deficiencia, (…) y la urgencia de asegurar la suficiente formación básica y continua en el profesorado” (López-Torrijo, 2009). El autor señala además como relevante en este cambio de mentalidad, el cambio de actitud en la sociedad que asegure la igualdad de derechos así como la cooperación fundamental de las ONGs de personas con discapacidad.
Y así lo vienen demandando también las familias de personas con algún tipo de minusvalía al exigir los mismos derechos para sus hijos que asegure una educación plena y de la calidad como al resto de personas normales.
En contexto español, destacamos la creación de escuelas inclusiva para todos que fomentan la participación y la no discriminación en el marco de una sociedad democrática (Arnáiz, 2003). Asimismo, la educación inclusiva es descrita como un cambio de actitud que pueda fomentar la igualdad entre las personas (Pearpoint y Forest, 1999).
A la luz de lo expuesto, como quiera que una de las prioridades es iniciar la educación tras un primer diagnóstico de deficiencia, el estado debe promover leyes que aseguren la protección del sujeto que recibe el diagnóstico en aras de promover la inclusión lo más tempranamente posible. Este diagnóstico precoz es posible ya desde períodos prenatales de desarrollo, lo que sucede es que choca frontalmente con las actuales leyes abortivas donde se permite la interrupción del embarazo del ser humano precisamente durante el desarrollo pre-natal.
En este sentido, hace ya más de tres décadas que la ciencia se puso de acuerdo en afirmar que el desarrollo pre-natal es un período del desarrollo del ser humano; a las ocho semanas de desarrollo, el feto reacciona a ruidos, voces, agresiones, episodios de ira. En este mismo período el niño se mueve de manera autónoma y, un poco antes, a las 6 semanas el feto comienza a desarrollar funciones mentales (Wirth, 2001, en Hurtado Fernández, Cuadrado Nicoli y Herrán Gascón, 2015).
Desde los cinco meses la madre puede estimular la comunicación educativa desde el oído del niño a través de rutinas que incluyen saludos, hablar, cantar, contar cuentos, escuchar música, etc. Y desde el tercer trimestre se pueden observar habilidades de aprendizaje, reconocimiento y memoria en el bebé; sensibilidad a los sabores, a la luz que viene de fuera, así como cierta comunicación materno-filial a través del tacto con evidente respuesta por parte del bebé, lo que implica una intención educativa de la madre a través de la estimulación (de la Herrán, 2015).
Por poner más ejemplos, las emociones de la madre son transmitidas a través de las hormonas, de tal manera que una madre estresada puede condicionar el desarrollo cerebral de su bebé al producir las llamadas “hormonas del estrés” y, al contrario, las “hormonas de la felicidad, el bienestar y el amor”, impregnan al niño de felicidad y bienestar. O como acciones externas parentales como las caricias, la música…puede facilitar desarrollo sensorial o psicomotriz del niño.
La ‘interacción o comunicación prenatal’, similar a la “estimulación prenatal” hace referencia a procesos centrados en intercambios pedagógicos entre el niño, su entorno y sus principales cuidadores. Dichos Intercambios que pueden ser bioquímicos, físicos, psíquicos y comunicativos pueden tener un efecto en el aprendizaje “aprendizaje prenatal” y como tal, puede ser educativo si contribuye a su desarrollo y formación. Los hitos expuestos vienen a delimitar el marco de una pedagogía prenatal que entroncaría con la educación natural del infante, de la que somos responsables las familias y el estado.
De este modo, ¿están siendo las leyes inclusivas realmente consecuentes? Existen diagnósticos precoces de deficiencia en períodos prenatales que conviven a la vez con leyes que permiten la interrupción de la vida entre las 15 y 22 semanas tras la prueba de la amniocentesis y la posibilidad de abortar en ese período por grave anomalía del feto.
En concreto la ley de 2010, básicamente reconoce el derecho a abortar hasta la semana 14 sin dar ningún motivo; hasta las 22 semanas si existe “grave riesgo para la vida o la salud de la embarazadao riesgo de graves anomalías en el feto”, tras dictamen médico y, más allá de 22 semanas, si se detectan ‘anomalías fetales incompatibles con la vida’ o “enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité médico’, lo que evidencia la fragilidad de la ley, que permite acabar con la vida de un ser humano y, amplía los plazos cuando existe motivos psicológicos o anomalías propias como sucede con el Síndrome de Down.
En conclusión, es necesario que la educación inclusiva se implique en este período. Si partimos de la base de que, este modelo de educación percibe al ser humano discapacitado desde un modelo inclusivo, donde el niño excepcional es un capacitado funcional que, con ayudas puede alcanzar las mismas competencias y, además, está demostrada la existencia de una influencia externa en el bebé, que puede tener un efecto en su desarrollo y aprendizaje y como tal, puede ser educativo si contribuye a su educación y formación, deberíamos reformular la educación inclusiva para que abarque al ser humano mientras permanece en el seno de su madre.
Si nos queremos creer la inclusión, nos la tenemos que creer de raíz, el iceberg no solo es la parte que se ve. Exige un cambio de actitud en la sociedad, que conozca que la vida -normativa o excepcional- empieza en el momento de la concepción, y sobretodo un cambio drástico en la legislación que incluya el período previo al nacimiento.